PROTECCIÓN DE DATOS Y EL TELETRABAJO

PROTECCIÓN DE DATOS Y EL TELETRABAJO

Como ya se ha explicado en otro artículo hay 3 Tips para gestionar el teletrabajo, establecer un espacio físico y claro, marcar agenda y objetivos estando en comunicación con tu equipo y haz los descansos igual que en la oficina.

Aparte de esto hay que tener muy presente la protección de datos ya que esta modalidad presenta importantes riesgos.

Lo primero de todo el empleador es el responsable de adoptar las medidas oportunas para garantizar la seguridad, proporcionando programas con suficiente seguridad y control.

Como siempre el empleador debe informar a los trabajadores de toda la normativa que concierne a esta situación y las limitaciones de utilización de equipos y las sanciones que derivan de la mala gestión de los mismos.

Llevar a cabo la prestación de la actividad laboral mediante teletrabajo, puede incluir el uso de teléfono móvil personal, de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por este, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa.

Como medidas de seguridad hay que tener en cuenta que:

  • Utilizar únicamente los dispositivos personales puestos a disposición por el teletrabajador y autorizados por el responsable.
  • Acceder a los sistemas de información del responsable mediante las aplicaciones web que éste ponga a disposición del teletrabajador, sin permitir guardar información en el equipo del usuario.
  • Deberá tener configurado un protocolo seguridad inalámbrica para evitar accesos no deseados que permita el cifrado punto a punto y la autenticación del usuario y de la red.
  • Deberán seguir las pautas establecidas por el responsable, que podrán ser la actualización de sistemas operativos, apertura de nueva sesión de usuario, antivirus, firewall, acceso a escritorio remoto, cloud para custodia de documentos, etc.
  • Derivarán las llamadas entrantes a los teléfonos móviles de los propios empleados. En el caso que se realicen llamadas desde el móvil del teletrabajador, se deberá, de forma excepcional, ocultar el número saliente, ya que éste es considerado un dato personal y no debe ser comunicado a terceros.

Los trabajadores deben firmar los correspondientes documentos de confidencialidad de Teletrabajo para garantizar el secreto profesional.

Si quieres adaptar o implantar la Protección de Datos en tu empresa, Grupo Labore estará encantado de escucharte y valorar tus necesidades para realizar este trámite con la mayor agilidad y facilidad posible.